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PSA

Programa Pago de Servicios Ambientales

Plantación de teca (fotografía del Ing. José A. Jiménez)

El PSA es un reconocimiento financiero que otorga el Estado, a través del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), por los Servicios Ambientales generados en las actividades de conservación y manejo de bosque, reforestación, regeneración natural y sistemas agroforestales

Cambios en recepción de presolicitudes para aplicar al PSA 2011

Servicios Ambientales

La Ley Forestal reconoce cuatro servicios ambientales que proveen los bosques y las plantaciones forestales:
  • Mitigación de los gases de efecto invernadero (fijación, reducción y almacenamiento de CO2).
  • Protección del recurso hídrico.
  • Protección de la biodiversidad.
  • Protección de la belleza escénica.


  • Si desea participar en este programa tome nota de la siguiente información:

    Características de los proyecto de PSA

    El PSA es reconocido por área y número de árboles, según las siguientes modalidades:

    Proyectos de reforestación:
    Área mínima: 1 ha/año.
    Área máxima: 300 has/año.
    En proyectos con pago por adelantado el área máxima es 50 has/año.

    Proyectos de regeneración natural:
    Área mínima: 2 ha/año.
    Área máxima: 300 has/año.

    Proyectos de protección de bosque, protección de recurso hídrico y protección de bosque en vacíos de conservación:
    Área mínima: 2 ha/año.
    Área máxima: 300 has/año.

    Proyectos de sistemas agroforestales (SAF):
    Cantidad de árboles mínima: 350 árboles/año.
    Cantidad de árboles máxima: 5000 árboles/año.

    Pago por modalidad de PSA

    Reforestación: $980/ha, distribuidos en 5 años.
    Regeneración Natural: $205/ha, distribuidos en 5 años.
    Protección de Bosque: $320/ha, distribuidos en 5 años.
    Protección de Recurso Hídrico: $400/ha, distribuidos en 5 años.
    Protección de Bosque en Vacíos de Conservación: $375/ha, distribuidos en 5 años.
    Sistemas agroforestales: $1.3 árbol, distribuidos en 3 años.

    Quiénes pueden participar

    Personas físicas o jurídicas, propietarios, arrendatarios y usufructuarios de inmuebles inscritos en el Registro Nacional. Para proyectos de protección de bosque también se considerará a los poseedores (as) que cumplan con lo establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 31633-MINAE.

    Cómo participar

    Las Organizaciones de la ONF, otras organizaciones no integradas a la ONF y regentes forestales privados brindan el servicios de trámite de PSA.

    El proceso de ingreso al programa inicia con la presentación de la presolicitud y la documentación adjunta necesaria, cuyo período de recepción inicia el primer día hábil de febrero hasta cuarenta cinco días hábiles después. Consultar trámites y requisitos.

    Una vez notificada la continuación de ingreso por parte de Fonafifo, se debe presentar:
    • Plano certificado por Catastro Nacional o Notario Público.
    • Estudio Técnico emitido por un Regente Forestal según la modalidad a tramitar.
    • Contrato de regencia forestal inscrito en el Colegio de Ingenieros Agrónomos (CIAgro).
    • Ubicación georeferenciada del proyecto (archivos shapes).
    • Para fincas en posesión, contar con el informe del funcionario de Fonafifo para la aprobación del proyecto.
    • Cumplir con los requerimientos legales y otras disposiciones establecidas en el manual de procedimientos de PSA.
    • Los proyectos deben cumplir con los criterios de priorización establecidos para cada modalidad.


    Consultar la normativa de PSA


    Fecha: 18/05/2010
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